Creo preciso aclarar un pequeño a la vez que importante matiz diferencial entre una obra publicada y otra divulgada. En España, al menos, tanto a los efectos del Registro de La Propiedad Intelectual, como en el argot de las editoriales, distribuidores y vendedores de libros, se consideran obras «publicadas» aquellas impresas sobre papel, sea como libro, revista o folleto. En cambio, se consideran obras «divulgadas» aquellas puestas en el conocimiento público mediante métodos electrónicos, por lo general disponibles en la Web a través de Internet.
Publicar y divulgar
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