Publicar y divulgar

Creo preciso aclarar un pequeño a la vez que importante matiz diferencial entre una obra publicada y otra divulgada. En España, al menos, tanto a los efectos del Registro de La Propiedad Intelectual, como en el argot de las editoriales, distribuidores y vendedores de libros, se consideran obras «publicadas» aquellas impresas sobre papel, sea como libro, revista o folleto. En cambio, se consideran obras «divulgadas» aquellas puestas en el conocimiento público mediante métodos electrónicos, por lo general disponibles en la Web a través de Internet.

Es evidente que esta distinción fue realizada hace muchos años, en los que tuvo su sentido de ser; aunque, en la actualidad, dado el monstruo divulgativo en que se ha convertido Internet y el desbordante crecimiento de las obras publicadas en formato de eBooks, tal diferenciación ya no tenga mayor sentido. Máxime cuando la Agencia Internacional del International Standard Book Number (ISBN) a través del Manual de Usuario del ISBN en el acápite 6 (página 15), en su actualización del 5 de febrero de 2002 reconoce a los libros electrónicos como sujetos de código ISBN. Por lo tanto, esa distinción entre publicado y divulgado, a mi entender, no es ya más que semántica de ese colectivo específico. Para el resto de los mortales: en Internet se publican obras.

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